El Ministerio de Salud dispuso la sanción de suspensión por 30 días sin goce de sueldos al médico Eduardo Fabián Badaracco, profesional interno de guardia del hospital Delicia Concepción Masvernat, de Concordia.
Concordia09/10/2025TABANO SC
Al médico se le había reprochado que, en el mes de marzo de 2021, cuando se desempeñó como director del Centro de Salud Martina B. de Caminal, de Concordia, ordenó a la médica Georgina Brambilla “cesar con la aplicación del Protocolo de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en el mencionado Centro Asistencial, continuando solo con la Consejería, aduciendo que los herederos del Juan Caminal, donante del inmueble donde funciona el Centro de Salud María Martina B. de Caminal, le habían comunicado su oposición a la práctica del aborto, reclamando la suspensión de la misma, aduciendo que los perjudicaba asociar dicha práctica médica al apellido Caminal, y que harían uso del derecho de revocar la donación”.
Los detalles del caso, contenidos en el decreto del Poder Ejecutivo N° 2.544, del 19 de septiembre último, destacan que la orden que impartió el médico Badaracco “impidió la realización de IVE/ILE durante los meses de marzo a mayo de 2021 en el ámbito del Centro de Salud Martina B. de Caminal, violando la Ley 27.610”.
El caso había sido revelado en 2022 por Entre Ríos Ahora.
Durante tres mes, entre marzo y mayo de 2021, el Centro de Salud María Martina B. de Caminal, de Concordia, suspendió la aplicación de la Ley N° 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) por una compleja trama de situaciónes insólitas: un pedido expreso de los donantes del predio donde funciona ese centro asistencial, en Peligrini al 700, y una voluntad expresa de quien estaba al frente de la dirección, el médico Eduardo Fabián Badaracco, que primero adujo objeción de conciencia y después también se negó a realizar prácticas de ecografías a las pacientes que solicitaba la práctica IVE.
Badaracco explicó que su petición fue no realizar diagnósticos ecográficos de pacientes “que requieren en esa institución la interrupción del embarazo, donde la profesional tratante me solicita que informe las semanas en curso de embarazo y la vitalidad del niño”. Al respecto, sostiene que “requiero a la superioridad que arbitre los medios necesarios para que mi persona, en la actuación profesional, no tenga que intervenir en ningún paso médico que el fin sea la interrupción de un embarazo. Asimismo, debo manifestar que no tengo inconveniente alguno en realizar o desplegar mi saber profesional, en el seguimiento del paciente luego de realizado la interrupción legal del embarazo”.
Aunque el profesional ya no está al frente de ese centro de salud -es médico asistente en el Hospital Delicia Concepción Masvernat-, el Ministerio de Salud, a través del decreto N° 601, del 28 de marzo de 2022, dispuso la instrucción de un sumario administrativo al médico Badaracco «por hallarse su conducta presuntamente incursa en la causal de cesantía».
El caso quedó al descubierto luego de una intervención de la responsable del Programa Provincial de Salud Sexual y Reproductiva, Lucía Grimalt, que pidió que la situación en el Centro de Salud Caminal de Concordia tuviera una resolución por cuanto había demanda de mujeres por la práctica IVE que no eran respondidas.
Grimalt planteó tres ejes en su consulta: a) el alcance de la donación efectuada por los familiares de María Marina B de Caminal, y si había algún condicionante para que el Estado pudiera aplicar su política sanitaria; qué obligaciones que tiene el Estado Provincial sobre ese bien patrimonial c) la potestad del Ministerio de Salud para definir las políticas sanitarias a llevarse a cabo en ese centro de salud; y d) la legalidad de la Ley Nº 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).
Grimal punteó una serie de hechos que ocurrieron a comienzos de 2021, y destacan una reunión mantenida por familiares del donante del predio donde se asienta el centro asistencial quienes manifestaron estar en contra de la práctica de aborto y reclamaron la suspensión de la IVES, «alegando que como herederos de la donación pueden revocar la misma ´dado que los perjudica asociar el apellido Caminal a la práctica del aborto´”, según se lee en el decreto N° 601.
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