El defensor General de Entre Ríos explicó las razones estadísticas y legales por las cuales no es conveniente una reforma de la Ley Penal Juvenil en los términos que propone el Poder Ejecutivo Nacional.
Provinciales10/02/2026TABANO SC
Maximiliano BenitezDefensor General de Entre Ríos.
El defensor General de Entre Ríos, Maximiliano Benítez, manifestó su posición contraria a la modificación de la Ley Penal Juvenil en los términos que propone el Poder Ejecutivo Nacional en el Congreso de la Nación.
En ese sentido, explicó las razones por las cuales Argentina no sólo no necesita bajar la edad de punibilidad, sino que además esto sería perjudicial e iría en contra de los tratados internacionales con rango constitucional que obligan al Estado a brindar protección a los niños, niños y adolescentes. A su vez, remarcó que la participación de menores de edad en la comisión de delitos es estadísticamente mínima y la respuesta a la problemática no debe ser desde el Derecho Penal, sino con la prevención y el abordaje de sus causas.
“La baja de la edad es inútil, innecesaria y perjudicial. Además, es inconstitucional”, enfatizó Benítez. Y recordó: “No es la primera vez que se ha querido reducir la edad de punibilidad y siempre hemos seguido las enseñanzas de los organismos internacionales y de las cuestiones fácticas que todos los días vemos en todas las provincias argentinas”.
En ese sentido, mencionó: “Si bien el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas dice que hay que modificar la Ley Penal Juvenil, con lo cual nosotros estamos de acuerdo porque la ley 22.278 viene de la época de la dictadura militar, a su vez dice que al modificarla no se debe incrementar las penas ni se debe bajar la edad de punibilidad, dos cuestiones que se pretende hacer con este proyecto de ley”.
En cuanto a las razones fácticas por las cuales sostiene esta posición, explicitó: “Estamos en un momento muy especial en Argentina, donde los delitos cometidos por los niños, niñas y adolescentes viene disminuyendo desde hace muchísimos años. En general, ha disminuido el delito en Argentina: en 2001-2002 estábamos con una tasa de homicidios de aproximadamente 9 o 10 cada 100.000 habitantes y ahora estamos en una tasa de 3,7. Y en Entre Ríos tenemos una tasa menor que la media nacional, de 2,33 homicidios cada 100.00 habitantes”. A
eso agregó que “es ínfimo el número de delitos cometidos por menores de 18 años y más insignificante aún los cometidos por menores de 16”. “Es cierto lo que dice el gobierno, que hay países en la región que tienen una edad menor que Argentina, como Paraguay, Uruguay, Brasil. Pero todos esos países tienen índices de delitos mucho mayores que nosotros y no ha disminuido la participación de los niños y adolescentes. Justamente, esos son los casos que nos dan la razón de que la privación de la libertad no hace más que profundizar la violencia”, remarcó Benítez.
En ese sentido, precisó que Uruguay, con una edad de punibilidad de 13 años tiene más de 10 homicidios cada 100.000 habitantes; Brasil y México, con una edad de 12, tienen 23 y 22 respectivamente, y Paraguay, con una edad de 14 tiene 6,2.
Respuestas alternativas
Acerca del rol que debe tener el Estado frente a la problemática de los jóvenes que cometen delitos, el defensor General de Entre Ríos sostuvo: “El hecho de que una persona sea no punible, no quiere decir que se vaya a la casa y que no pase más nada. Tenemos que ver las razones por las cuales ese niño cometió ese hecho, tenemos que acompañar a las víctimas, pero no tenemos que desproteger al autor. Por ejemplo, si el delito está relacionado con el consumo de estupefacientes, se debe tratar esa problemática, si es necesario, en un lugar de recuperación de adictos”.
“No es ninguna solución que vaya a la cárcel, sino que eso empeora las cosas. El Estado debe intervenir, lo que nosotros sostenemos es que la intervención no es desde el Derecho Penal y que el lugar de detención no es una cárcel de mayores; sino que el lugar de detención y el tratamiento deben ser otros”, añadió. A esto sumó que hay actualmente en el país “una crisis carcelaria seria”, con “el mayor índice de prisionalización desde que se toman este tipo de mediciones” y esto se agravaría mucho más con la incorporación de niños y adolescentes.
Finalmente, recordó que existen estudios científicos que, entre otras cosas, demuestran que los adolescentes no poseen un total desarrollo del lóbulo frontal hasta los 20 años, con las consecuencias que esto tiene en el autocontrol, la toma de decisiones, el desarrollo del pensamiento abstracto y la anticipación de las consecuencias, entre otras cuestiones. Esto fue tenido en cuenta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y por la propia Corte de los Estados Unidos en los casos “Poper”, “Miller” y “Graham”.
“Los niños están en una etapa de desarrollo y si los ponemos en una cárcel, no vamos a lograr otra cosa que mayor violencia y reincidencia e impedir su resocialización y desarrollo sano. Soy defensor público desde hace más de 30 años. Vi lo que era el pabellón Clemente XI en la cárcel de Victoria: la mayoría de los niños que estuvieron ahí privados de su libertad hoy están muertos o están presos con penas altísimas”, concluyó.
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