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La ANMAT prohibió la elaboración y venta de un aceite de oliva: las razones

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este miércoles la elaboración, fraccionamiento y comercialización de una marca de aceite de oliva en todo el territorio nacional tras catalogarlo como un “producto ilegal” por “carecer de registros sanitarios y estar falsamente rotulado al consignar en el rotulado números de RNPA y RNE inexistentes”.

Según precisó la Disposición 8427/2024, que fue publicada en la última edición del Boletín Oficial con la firma de la titular de ese organismo de control, Nélida Agustina Bisio, se trata del producto “Aceite de oliva extra virgen; marca Don Francesco; Cont. Neto 2 Lts.; Consumir antes junio/27; Origen de Mendoza; Rne: 13632154; Rnpa: 13632649”.

Según refiere la normativa en sus considerandos, las actuaciones se iniciaron en Mendoza a partir de una consulta de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), por una unidad adquirida en la localidad de Gualeguaychú.

Luego de realizar las consultas correspondientes ante el Departamento de Higiene de los Alimentos mendocino, se llegó a la conclusión de que el RNE y en RNPA eran “inexistentes”.

En ese marco, se determinó que “el producto se encuentra en infracción al artículo 3° de la Ley N° 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71, los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros sanitarios y por estar falsamente rotulado al consignar en el rotulado números de RNPA y RNE inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.

ANMAT consideró ANMAT consideró «ilegal» a una presentación del aceite de oliva extra virgen «Don Francesco», por «carecer de registros sanitarios» y estar «falsamente rotulada».Es por ello que, al no poder “identificarlo en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina”.

La decisión, según argumentó la normativa, tiene como objetivo “proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”.

ES

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