La Pensión al Mérito Artístico está contenida en la Ley N° 7.849, y fija “un sistema de pensiones que premiarán el Mérito Artístico, que se otorgará a músicos, escritores y artistas plásticos que hubieran obtenido un Primer Premio Nacional”, otorgado por organismos nacionales o por la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (Sadaic).
También, dice la ley, están incorporados a ese beneficio “los artistas que hubieren obtenido el Primer Premio para las distintas disciplinas otorgado por el Estado Provincial, a través de su órgano específico en la materia”. En este caso, quienes acceden a esa pensión son los ganadores del Premio Fray Mocho.
Daniel Rochi, músico, arreglador, docente, de vastísima trayectoria artística -ha musicalizado a numerosos poetas de la provincia como Marcelino Román, Antonio Gamboa Igarzábal, Jorge Martí, Ricardo Sbresso, Papi Bastida y Rudy Astudilla, entre otros, como así también a Javier Villafañe y Carlos Herrera; dirigió Siembra y Sumando Canto grupo con el que editó una grabación en 1990, también editó la grabación de canciones para niños “El títere” en 1992: através del sello Melopea editó el trabajo grabado con la cantante María Silva titulado “De aquí a la vuelta”, entre otros- inició ante la Caja de Jubilaciones y Pensiones una solicitud para acceder a la Pensión al Mérito Artístico y fundó su pretensión en la obtención de un Primer Premio en la especialidad Dúo Vocal, denominado “Dúo Siembra”, en el 10° “Encuentro Entrerriano de Folklore”, realizado en Villaguay en el año 1979.
A través Primero la Cala le rechazó el pedido pero luego, a través del decreto Nº 2.414, dictado en 2020 por el Ministerio de Trabajo, se resolvió hacer lugar a la petición.
Mediante la resolución Nº 1.458, la Caja resuelve en 2021 otorgarle a Rochi la Pensión al Mérito Artístico, pero con una salvedad: decidió pagarle sólo el 50%. El artística recurrió esa decisión no sólo por el porcentaje sino también por la fecha desde la cual se decidió abonarle la Pensión. Pidió entonces el pago del beneficio desde 12 de marzo de 2018, y no a partir de 2020, y que sea al 100%, el total.
La Caja rechazó ese pedido. Y se le recordó a Roche que la Pensión al Mérito Artístico es un beneficio no contributivo regulado por la Ley N° 7849 y su Decreto Reglamentario N° 2966/87, donde nada se establece respecto a su reconocimiento retroactivo, resultando improcedente la aplicación de la Ley N° 8. 732 dado que la misma comprende a prestaciones contributivas. Respecto del porcentaje de la Pensión, la Caja fundó su decisión en el hecho de que se trató de un dúo, y que el 50% restante se reserva para la otra parte.Así, dijo que se reservó ese otro 50% «hasta tanto se presente la otra artista que, junto con el recurrente integrara el dúo galardonado».
La Fiscalía de Estado opinó en el incidente y defendió «el criterio por el cual la normativa de institución del beneficio acoge como premisa la siguiente fórmula o ecuación: ` 1 premio = 1 beneficio` por lo que, claramente, la invocación de un premio grupal da lugar a un único beneficio de Pensión al Mérito Artístico, el cual debe ser liquidado entre los miembros del grupo de manera prorrateada; es decir, que frente al supuesto de presentación de un único solicitante, invocando su condición de miembro de un grupo artístico así como un primer premio otorgado a ese grupo y no a él como artista individual, dicho Organismo sostiene que, de valorarse reunidos todos los extremos requeridos normativamente, el beneficio debe ser otorgado a ese solicitante en la proporción correspondiente a su participación como miembro del grupo galardonado y no como beneficio íntegro o en un 100%, como pretende el recurrente».
Así, a través del decreto Nº 1.480, del 13 de junio, el Ministerio de Gobierno y Trabajo rechazó la pretensión de Rochi -que también ejerció la función pública y fue subsecretario de Cultura de la Provincia de Entre Ríos entre 2003 –2004, y secretario de Cultura de la Municipalidad de Paraná entre 2007 -2011- rechazó el recurso de apelación jerárquica y dejó firme lo resuelto por la Caja de Jubilaciones y Pensiones.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora